ESTRUCTURA DE LA FEU

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Artículo 11: 

El Consejo de la FEU de la Facultad, Sede o Filial es el máximo órgano de discusión, análisis y toma de decisiones, entre congresos, sobre los principales temas referentes a los estudiantes en sus Brigadas, así como de los de interés de otra estructura. Sesiona mensualmente, aunque puede convocarse extraordinariamente a solicitud de sus miembros, previa aprobación del Secretariado o del Presidente de la estructura, siempre que la situación lo amerite.

Artículo 12: 

El Secretariado de la FEU de la Facultad, Sede o Filiales el encargado de llevar a efecto la política del Consejo de la FEU correspondiente. Tiene potestad para tomar decisiones operativas referentes a la vida de la Organización. Es el máximo responsable del funcionamiento de la FEU a ese nivel.