septiembre 2025 Archives

Ya los niños, adolescentes y jóvenes se han incorporado a las clases en sus diferentes centros de enseñanza y nosotros dando continuidad al tema que iniciamos la semana anterior sobre las medidas diseñadas para dar cumplimiento a la implementación de la Política de Bienestar Animal, vamos a informarles sobre el resto de los niveles de enseñanza.

Recuerden que el pasado domingo comentamos lo concerniente a las medidas de carácter general y a las del Nivel Primera Infancia. Aprovecharé para explicar que cuando decimos primera infancia nos referimos tanto a los niños que están en los Círculos y Casitas Infantiles como a aquellos que se incorporan a las vías no formales.

Ahora definiremos las medidas para el resto de los niveles, antes mencionados:

Nivel Educativo Educación Primaria

  • Incorporar como parte del sistema de trabajo metodológico de los docentes, la salida curricular en las asignaturas El Mundo en que vivimos en el primer ciclo y Ciencias Naturales y Geografía en el segundo ciclo, para fortalecer y consolidar el amor a la fauna, así como el fomento de sus valores y principios.
  • Lograr su tratamiento con carácter interdisciplinario en todo el currículo así como su concreción en la clase, como vía principal del proceso docente-educativo y de la educación en valores.
  • Diseñar actividades complementarias como espacio de tratamiento a los contenidos de Bienestar Animal.
  • Diseñar en turnos de Formación Laboral la atención a las diferentes especies de interés económico.
  • Incluir los contenidos de Bienestar Animal en el Círculo de Interés de Zootecnia Veterinaria, como parte de la Formación Vocacional de los niños.

Nivel Educativo Secundaria Básica

  • Divulgación por diferentes vías de la puesta en práctica del Decreto Ley de Bienestar Animal (Opales, Multimedias).
  • Desarrollo de Círculos de Interés y proyectos educativos sobre el tema.
  • Tratamiento por vía curricular en aquellos contenidos afines al tema que lo permitan teniendo en cuenta la flexibilidad de nuestros planes y programas de estudio.
  • Visitas a centros de investigación y áreas protegidas donde se fomente el cuidado y protección de los animales

Nivel Educativo Pre Universitario

  • Desarrollar cursos complementarios y sociedades científicas donde se profundice en los contenidos de la ley.
  • Fortalecer el sistema divulgación sobre el contenido del Decreto Ley y las vías para el tratamiento de la misma.
  • Brindar tratamiento a las temáticas desde la salida curricular de los programas de estudios de las asignaturas, siempre que los contenidos lo propicien.

Nivel Educativo Educación Técnica y Profesional

  • Tratamiento por vía curricular desde nuestros planes y programas de estudio en las especialidades agropecuarias.
  • Tratamiento por vía curricular en aquellos contenidos afines al tema teniendo en cuenta la flexibilidad de nuestros planes y programas de estudio en especialidades no agropecuarias.
  • Divulgación por diferentes vías de la puesta en práctica del Decreto Ley de Bienestar Animal (Opales, Multimedias, Programa Vista tecnológica en el Canal Educativo) Nota: opales es un término poco común, que proponen los especialistas de la educación en el marco de las medidas, para que se adquieran conocimientos sobre el asunto, a partir del uso de estas técnicas modernas.
  • Desarrollar tareas y cursos complementarios, así como sociedades científicas donde se profundice en los contenidos de la ley.
  • Creación y mantenimiento de la Base Material de Estudio especializada para el desarrollo de estos contenidos.
  • Desarrollo de acciones cooperadas entre el Ministerio de la Agricultura y el Ministerio de Educación relacionadas con la capacitación, asesoramiento y facilidades temporales para el desarrollo de los contenidos.
  • Responder a la formación y especialización de técnicos medios a partir de una demanda estable del Ministerio de la Agricultura relacionada con el tema tratado.

Nivel Educativo Educación de Jóvenes y Adultos

  • Incorporar como parte del sistema de trabajo metodológico de los docentes, la salida curricular en las asignaturas, para fortalecer y consolidar  el amor a la fauna, así como el fomento de sus valores y principios.
  • Lograr su tratamiento con carácter interdisciplinario en la clase, como vía principal del proceso docente-educativo y de la educación en valores.
  • Utilizar los proyectos de investigación y otras formas de superación para la preparación de los docentes y estudiantes de cada nivel y semestre.
  • Continuar la divulgación y fomento de los valores y principios del cuidado y atención a los animales en la estrategia  metodológica a nivel de cada centro, municipio y provincia declarando su prioridad en la planificación.

Como se puede apreciar el MINED mediante estas medidas implementadas, ha evidenciado la importancia que reconoce el sistema educacional al Decreto Ley 31/2021 y así mismo, como cumple sus funciones en el marco legislativo. Concede a la formación en materia de Bienestar animal en los diferentes niveles y acorde a los grupos de edad, su importancia como parte del papel formativo integral de las nuevas generaciones, ya que es una aspiración definida en los deberes y derechos ciudadanos que establece la Constitución de la República.

Debe tenerse en cuenta que si bien, maestros y profesores, tienen la máxima responsabilidad en esta formación desde el conocimiento y la ética a desarrollar en los niños, jóvenes y adultos también la familia, la comunidad, los médicos veterinarios, otros profesionales afines, entre otros muchas personas, así como sectores e instituciones afines en la promoción y comunicación social, deben posibilitar que las medidas se reconozcan y se cumplan.

Entonces, establecidas las medidas, apoyemos en sus diversas formas de implementación y pongamos en mentes y manos de las nuevas generaciones una necesaria y hermosa forma de velar por la salud y el bienestar de los animales, esos seres que forman parte integral e importante, del mundo en que vivimos.