RESOLUCION No. 132/2004

POR CUANTO: Corresponde al Ministerio de Educación Superior, según lo dispuesto en el Acuerdo No. 4001 de fecha 24 de abril del 2001, apartado segundo, numeral 3, dirigir y controlar la formación académica de posgrado en coordinación con los organismos de la Administración Central del Estado y demás entidades nacionales reconocidas legalmente en nuestro país.

POR CUANTO: El que resuelve fue designado Ministro de Educación Superior mediante Decreto 3857 de 30 de julio de 1976 dictado por el Presidente de la República.

POR CUANTO: Por Resolución No. 6 del 9 de enero de 1996, dictada por el que resuelve, se puso en vigor el Reglamento de Educación de Posgrado de la República de Cuba.

POR CUANTO: El perfeccionamiento continuo de la educación superior, la experiencia acumulada en los ocho años de vigencia del Reglamento de Educación de Posgrado de la República de Cuba, y los resultados de las interacciones con la práctica del posgrado en otros países, fundamentalmente de América Latina, hacen recomendable la modificación de este Reglamento, haciéndolo corresponder con lo anteriormente expresado.

POR TANTO: En uso de las facultades que me están conferidas.

 

RESUELVO

PRIMERO: Poner en vigor el nuevo Reglamento de la Educación de Posgrado de la República de Cuba, el que se anexa a la presente Resolución formando parte integrante de la misma.

SEGUNDO: Este Reglamento comenzará a regir a partir de 1º de septiembre de 2004.

TERCERO: Dejar sin efecto la Resolución No. 6 del 9 de enero de 1996 dictada por el que resuelve, y cuantas disposiciones jurídicas de igual o inferior jerarquía, en todo lo que se opongan  a lo dispuesto por la presente.

CUARTO: Publíquese en la Gaceta Oficial de la República, para conocimiento general.

DADA en Ciudad de La Habana, a los 6 días del mes de julio de 2004 “Año del 45 Aniversario del Triunfo de la Revolución”.  (Fdo.) Dr. Fernando Vecino Alegret, Ministro de Educación Superior.

Lic. Jorge Valdés Asán, Asesor del Ministro para los Asuntos Jurídicos, Ministerio de Educación Superior.

CERTIFICO: Que la presente es copia fiel y exacta del original de la Resolución No. 132/2004 dictada por el Ministro de Educación Superior y la cual obra registrada en el archivo a mi cargo.

REGLAMENTO DE LA EDUCACION DE POSGRADO DE LA REPUBLICA DE CUBA.

CAPÍTULO I

CAPÍTULO  II

CAPÍTULO  III

CAPÍTULO IV

CAPÍTULO V

CAPÍTULO VI