Consejo Científico

ESTRUCTURA Y COMPOSICIÓN DEL CONSEJO CIENTÍFICO DE LA ELAM

Total de integrantes: 15

Invitados permanente: 5

ESTRUCTURA

–       Presidente

–      Secretario

–       Responsables de comisiones:

Comisión Científico Técnica (CCT) y Comisión Científico Pedagógica (CCP)

–       Miembros.

COMPOSICIÓN

Miembros Cargo
Dra. Maritza González Bravo Presidente
Dra. Heidi Soca González Vicepresidenta
MSc. Armando de la Cruz Roselló Secretaria
MSc. Juana Dora Ordóñez Hdez Resp. Comisión Científico Pedagógica
Dra. Nancy Ríos Hidalgo Resp. Comisión Científico Técnica
DrC. Lidia Cardellá Rosales
DrC Odelsa Ancheta Niebla
DrC. Magali Alonso Castellanos
MSc. Felino Ortíz Rodríguez
MSc. Dr. Damodar Peña Pentón
MSc. Emilia Brito Valdés
MSc. Dra. Amarys Tamayo Torres
MSc. Rosa Capote Obregón
MSc. Dr. Alexander Ochoa Agüero

Invitados permanentes

Dr. Antonio López Gutierrez

Director de Ciencia, Tecnología e Innovación.

MSc. Felino Ortiz Rodríguez, Secretario General del Comité PCC

Lic. María Eugenia Trápaga Silvera, Secretario General del Buró Sindical

Lic. Yohalis Valdés Roque, Secretario General del Comité UJC

Este Consejo Científico fue electo en junio 2015, sesionará durante el período 2015-2018 y ejercerá sus funciones según lo reglamentado por un periodo de tres años.

REGLAMENTO DEL TRABAJO DE LAS COMISIONES CIENTÍFICO TÉCNICA Y CIENTÍFICO PEDAGÓGICA DEL CONSEJO CIENTÍFICO

El Ministerio de Salud Pública a través de la Resolución 110/04 pone en vigor las disposiciones para llevar a cabo la actividad de investigación científica, así como la innovación y los servicios científico-técnicos, actividades productivas vinculadas a la investigación y el desarrollo.  Es por ello fundamental que el Consejo Científico (CC) de la ELAM planifique su actividad a modo de contribuir con la  dirección  institucional en el cumplimiento del desarrollo de estas actividades.

Las Comisiones Científico Técnica (CCT) y Científico Pedagógica (CCP) del CC atienden todo lo relacionado con el trabajo científico y desarrollo tecnológico que se realice en el centro, tanto lo que concierne al trabajo de investigación como a la superación científico técnica. Ambas comisiones se apoyan en dos subcomisiones: la de investigación científica y la de superación postgraduada.

La subcomisión de investigación científica atiende la evaluación de los proyectos de investigación propuestos, así como el control de su desarrollo y evaluación final. Atiende, además, la valoración de publicaciones y presentaciones en eventos científicos, concursos y otras actividades científicas siempre que el aval del CC sea requerido.

La subcomisión de superación postgraduada atiende las diversas actividades de superación: cursos, entrenamientos, diplomados, maestrías o cualquier otra vía de superación postgraduada. La CCT también apoyará a la Dirección de Ciencia, Innovación Tecnológica y Formación de Posgrado (DCITP) del centro, en la evaluación de proyectos de colaboración cuando así se requiera.

La CCP atenderá la Comisión Metodológica Central de la institución.

Las comisiones científicas y sus subcomisiones se apoyarán en el trabajo de las comisiones científicas departamentales, las que en la base tendrán la responsabilidad de evaluar el cumplimiento y calidad de las actividades científico-técnicas y de superación postgraduada.

Para el cumplimiento de estas tareas, se establecen las siguientes normas y procedimientos:

A.- De la tramitación de las solicitudes de análisis por el Consejo Científico

El documento sujeto a valoración por el CC se entregará en la DCITP del centro por el directivo responsable. La persona designada por dicha Dirección, hará entrega formal del o de los documentos a la Secretaría del CC, encargada de clasificar la información y entregarla a la comisión  científica correspondiente.

Una vez culminado el análisis por la comisión, el responsable entregará el informe del resultado a la Secretaria del CC para planificar su discusión en el pleno. Con el resultado del análisis en el CC se elaborará un dictamen que se entregará a la DCITP para la información a los interesados y la implementación de las recomendaciones.

Del funcionamiento interno de las  comisiones científicas:

1. De los proyectos de investigación  y desarrollo tecnológico:

Los proyectos que se propongan serán entregados por el autor principal a la DCITP de acuerdo a los modelos elaborados al efecto y en la fecha establecida, y deberán contar con la aprobación de la comisión científica departamental.

a)      La DCITP, una vez garantizado que el proyecto cumple con la metodología establecida, y, en el caso de los proyectos de perfil pedagógico, valorado el criterio de pertinencia de la investigación por la Comisión Metodológica Central, hará entrega a la Secretaría del CC para programar su análisis y discusión por el pleno del CC.

b)      La Secretaría del CC entregará los proyectos propuestos al responsable de la comisión científica que corresponda de acuerdo al tema de investigación,  y este a su vez, hará entrega de los mismos a la subcomisión correspondiente para su pre evaluación. La subcomisión entregará al responsable de la comisión científica el resultado de la pre evaluación y analizará la propuesta con la totalidad de los miembros, podrá valorar la inclusión de algún otro miembro del Consejo o de otro especialista no miembro en el análisis correspondiente si ello fuera necesario. La Comisión tendrá 30 días hábiles para efectuar la revisión del trabajo y entregar el informe de la evaluación a la Secretaría del CC para la planificación de su análisis en el pleno.

c)      Con el resultado del análisis en el CC se elaborará un dictamen que será entregado a la DCITP por la Secretaria del CC previo su registro correspondiente. La DCITP  informará el resultado al autor principal y a la comisión científica departamental, y dará curso del correspondiente dictamen del Consejo indicando el rechazo del proyecto, en caso de valoración negativa, o su inscripción y desarrollo de la investigación en caso de valoración positiva.

d)    El control del cumplimiento de la planificación de los proyectos en desarrollo se realizará en las fechas establecidas por la DCITP, la cual entregará los informes correspondientes a la Secretaría del CC, incluido su criterio de la marcha del proyecto, así como del cumplimiento de la metodología establecida. La comisión científica correspondiente del CC evaluará los informes y propondrá al seno del CC su criterio el cual acordará el resultado final de la evaluación de cada informe por separado. La comisión tendrá 30 días hábiles para efectuar la revisión del trabajo y entregar el informe a la Secretaría del CC. Con el resultado del análisis del CC se elaborará el dictamen y se entregará a la DCITP, la cual informará al autor principal y procederá en concordancia con los resultados. En el caso de una evaluación desfavorable de la marcha del proyecto o el incumplimiento de la entrega del informe por parte del autor se alertará a su autor principal con la participación del responsable de la comisión científica departamental. En caso de repetirse el incumplimiento en la entrega del  informe o una valoración insatisfactoria del mismo, se procederá a su discusión en el seno del CC, con la presencia del autor principal y del responsable de la comisión científica departamental correspondiente para decidir la descontinuación del proyecto o la designación de otro investigador principal si fuera de especial interés para la Institución.

e)      En los cierres de los proyectos de investigación, la DCITP entregará a la Secretaria del CC el informe elaborado por el autor el cual debe tener anexado la evaluación de este por la comisión científica departamental así como el criterio de la DCITP sobre el desarrollo del trabajo y el cumplimiento de la metodología establecida. Se planificará su discusión en el seno del CC. La CCT o CCP, según corresponda, analizará la documentación presentada, para lo cual dispondrá de 30 días hábiles (en casos particulares de acuerdo a la complejidad del trabajo podrá autorizarse un tiempo de hasta 60 días). Si  el criterio es positivo se procederá a coordinar con la Secretaría del CC su planificación para la discusión en el pleno. Se designará un oponente para el momento de la presentación en la cual deberá estar el autor principal, el responsable, u otro miembro designado, de la comisión científica departamental. El resultado del análisis en el pleno del CC se informará por la Secretaria del CC mediante la emisión de un dictamen a la DCITP el cual será previamente registrado en los archivos del CC. Si el criterio del análisis de la documentación presentada es negativo, la DCITP informará al autor principal y al responsable de la comisión científica departamental correspondiente para que se ejecuten las recomendaciones señaladas; se incluyan otras pruebas si fuere necesario o se reelabore el informe, entre otras, según las deficiencias detectadas.

2. De las publicaciones científicas, presentaciones en eventos o concursos científicos u otra actividad divulgativa de resultados científicos Institucionales con la participación de especialistas de la ELAM

En función de ello y como complemento de esta actividad, se hace necesario implementar una política que norme, viabilice y establezca, a la vez, las regulaciones necesarias para extender los derechos de autor y la propiedad intelectual de los académicos; garantice de forma efectiva y organizada la actualización de  la Web  ELAM  de la Intranet y de su portal en Internet, así como propicie la introducción de los resultados de las investigaciones realizadas en el centro mediante la divulgación de estos en las memorias de los eventos (provinciales, nacionales o internacionales); en la revista Panorama Cuba y Salud, en otras revista científicas de impacto nacional e internacional, o la participación en concursos nacionales (premios de la Salud, Fórum de Ciencia y Técnica u otros).

a)        Derechos de autor: propiedad intelectual e industrial y patente.

Todas las obras susceptibles de ser protegidas por el derecho de autor, serán tramitadas a través de la DCITP según lo establecido para estos fines. Para ello, los autores deberán entregar a la DCITP, una versión en formato impreso y digital de la obra, la cual deberá estar acompañada de un aval administrativo, firmado por el Jefe del Departamento del área de procedencia del autor principal, que destaque la pertinencia y originalidad de la obra y con el visto bueno de la comisión científica  departamental correspondiente. La obra se acompañará también de dos avales de especialistas (al menos uno externo a la Institución) que ostenten grado científico de Doctor, o en su defecto, que posean categorías docentes o científicas de Auxiliar o Titular, atendiendo a la naturaleza del trabajo sujeto a juicio.

Las obras susceptibles de recibir el sello ISBN, como paso previo a la solicitud de dicha protección, serán sometidas a criterio del CC, el cual entregará toda la información recibida para su pre-evaluación a la CCT o CCP según corresponda. La Comisión tendrá 30 días hábiles para efectuar la revisión del trabajo y terminado el plazo dictaminará por escrito las conclusiones de la valoración realizada, fundamentando de forma detallada las razones de la aprobación o el rechazo. Este pre-dictamen se someterá a criterio del pleno del CC de la Institución, el cual tendrá a su cargo la aprobación definitiva. El resultado del análisis en el CC se entregará a la DCITP por la Secretaria del CC. En caso negativo la DCITP informará a los interesados, y en caso positivo, se incluirá el dictamen correspondiente para que se ejecute el trámite administrativo para la solicitud de la protección y el registro de la obra.

b) Web ELAM

La Web ELAM está sujeta a las regulaciones habituales establecidas en la Institución las que son de obligatorio cumplimiento por su Comité Editor. Este Comité responde por la actualización del contenido y pertinencia de la información que se brinda. De considerarse necesario, el Editor principal de la página rendirá ante el CC la información y con la periodicidad que se le solicite.

Cualquier propuesta de modificación al sitio Web que implique la inclusión de información científica diferente a la que habitualmente se brinda, así como servicios que tributen a esta categoría, deberá ser presentada previamente por el Editor principal al CC para su análisis. La valoración de la comisión científica correspondiente se entregará a la Secretaría del CC para la planificación de su análisis en el pleno del CC. El resultado del análisis en el CC se entregará directamente al Comité editor para su ejecución.

c) Presentaciones en eventos, concursos y publicaciones de los resultados de las investigaciones ELAM

Siempre que se requiera el aval del CC, los resultados a divulgar sean de especial interés para la institución o estos se relacionen con investigaciones clasificadas como confidenciales, y cuando se solicite al centro el pago de la inscripción en un evento, los trabajos correspondientes serán objeto de análisis por el CC. Los trabajos se someterán previamente a la consideración de la comisión científica correspondiente. Para ello el autor principal, presentará el trabajo a la DCITP quien lo hará llegar a la Secretaría del CC, junto al visto bueno de la comisión científica departamental correspondiente. La comisión científica del CC encargada dispondrá de 30 días hábiles para elaborar el pre dictamen.  La Secretaria del CC garantizará se proceda acorde a los procedimientos establecidos y entregará el dictamen final a la DCITP.

Los trabajos se presentarán en el formato recomendado según las normas que correspondan teniendo en cuenta el tipo de publicación, concurso o evento en el que se desea participar. Deberán acompañarse de un aval emitido por la comisión científica departamental, el visto bueno del Jefe del Proyecto de investigación correspondiente y de la DCITP quienes respaldarán la pertinencia de los resultados y la autoría.

En el caso que el trabajo no responda a los resultados de una investigación aprobada, ya sea por no existir proyectos en un área específica del conocimiento en el centro, o por alguna otra causa atendiendo a las características particulares del evento en cuestión, deberá entonces acompañarse el trabajo de un aval emitido por el Jefe inmediato superior del autor principal, junto al visto bueno de la comisión científica departamental (o por el Presidente de la cátedra honorífica, si fuera el caso) quienes respaldarán la validez de los resultados y la autoría.

La propuesta de estos trabajos será presentada a la DCITP del centro quien tiene la responsabilidad de hacerla llegar al Secretario del CC para su valoración por el pleno. Los trabajos deberán entregarse impresos y en versión electrónica. La comisión científica correspondiente emitirá un pre dictamen en el plazo máximo de 30 días el cual se someterá a la aprobación definitiva del CC. El resultado se entregará a la Dirección  de Investigaciones la cual será la responsable por la información a los interesados.

Los trabajos a presentar en eventos organizados por el propio Centro se regirán por las bases de la convocatoria dictada para el evento, en este caso, los trabajos serán evaluados por los tribunales correspondientes quienes responderán por la relevancia, actualidad y calidad de los trabajos aceptados para el evento.

Los académicos de la institución que deseen publicar sus trabajos en la revista Panorama  Cuba y Salud, someterán de forma libre sus manuscritos a la consideración del Consejo Editorial de la publicación, sin necesidad de contar con la anuencia previa del CC con la excepción de resultados de investigación de proyectos clasificados como confidenciales o que por su naturaleza sean de especial interés para la institución.

d) Sobre la obtención o promoción de categoría de investigador

La DCITP entregará a la Secretaria del CC el expediente del aspirante, garantizando previamente que cumple los requisitos para la categoría a la que se aspira y que se cumple con la metodología establecida. La CCT evaluará que se cumplan los requisitos con nivel científico para su tramitación y entregará el resultado de este análisis a la Secretaría del CC para su ulterior análisis en el pleno. El resultado del este análisis será entregado a la DCITP por la Secretaria del CC mediante dictamen, para su implementación ulterior y la información al interesado.

3. Evaluación de cursos, entrenamientos, diplomados, maestrías, doctorados, obtención de especialidad de segundo grado u otras actividades para la superación posgraduada.

a)      Sobre cursos, diplomados, entrenamientos u otras actividades de superación posgraduada similar.

El expediente con la información establecida para cursos cortos de posgrado, diplomado o entrenamiento, es entregado por la DCITP a la Secretaria del CC, la cual garantizará que cumple la metodología aprobada para el tipo de actividad posgraduada de que se trate.

La subcomisión de posgrado del CC correspondiente revisará el expediente. El resultado de este análisis se evaluará en el seno en la comisión científica, la cual entregará el resultado a la Secretaria del CC para la planificación de su análisis en el pleno para lo cual dispone de 30 días hábiles. La Secretaria del CC hará entrega a la Dirección de Posgrado del dictamen previo su registro correspondiente. La DCITP será la responsable de la información a los interesados del resultado y dictaminará los créditos que se otorgarán a los cursitas y a los profesores según la Resolución 132.  La actividad  no deberá comenzarse si no tiene la aprobación del CC.

b)      Sobre maestrías y doctorados

La  DCITP presentará a la Secretaría del CC las solicitudes de los aspirantes para cursar o impartir maestrías o doctorados ofertados por la ELAM u otro centro.

La solicitud deberá incluir el plan de maestría o doctorado cuando estos se cursen fuera del centro, con sus objetivos y la planificación general, el currículo del aspirante, la aprobación de la comisión científica departamental y el visto bueno  del Jefe de Dpto., donde deberá constar la fundamentación de su  interés para el Dpto. y/o  la ELAM, así como la afectación del fondo de tiempo del aspirante y su duración junto al análisis de las medidas tomadas para cubrir dicha afectación.

El expediente será analizado por la comisión científica correspondiente, la que una vez realizada su evaluación entregará el informe a la Secretaría del CC para la planificación de su discusión en el pleno, para lo cual dispondrá de 30 días hábiles. El dictamen del CC será entregado a la DCITP por la Secretaria del CC previo su registro correspondiente.

Tanto los proyectos de tesis o los trabajos de tesis de Maestría o Doctorados culminados que se realicen en la ELAM serán también objetos de análisis por el CC. Las tesis serán entregadas por la DCITP a la Secretaria del CC, y serán analizadas previamente por la CCT o CCP y la subcomisión de posgrado correspondiente, pudiendo auxiliarse de otros especialistas, miembros o no del CC, de la ELAM u otro centro, cuando así se requiera. El resultado del análisis será evaluado por la comisión científica correspondiente y el pre dictamen será entregado a la Secretaria del CC para la planificación de su discusión en el pleno. La Comisión dispondrá de 60 días hábiles para la elaboración del informe.

La presentación en el pleno del CC será realizada por el autor con la designación de un oponente y estarán presentes el tutor o tutores y el miembro designado de la comisión científica departamental. El resultado del análisis será entregado por la Secretaria del CC a la DCITP para la tramitación correspondiente.

c)      Sobre la promoción a especialista  de  segundo grado

El  expediente con la información establecida para la promoción de los especialistas de Primer Grado de Ciencias Médicas a especialista de Segundo Grado, se entrega por la DCITP a la Secretaria del CC la cual solicitará a la CCT que emita su evaluación. La CCT se auxiliará de la subcomisión de postgrado y entregará a la Secretaria del CC el resultado del análisis para su aprobación final por el pleno en el término de 30 días hábiles. El dictamen del Consejo se entregará por la Secretaria del CC a la DCITP, previo su registro correspondiente. La dirección institucional informará al interesado y le hará entrega del expediente si el análisis fue positivo, o informará al interesado de las recomendaciones para que las mismas sean cumplimentadas y planificar nuevamente la evaluación cuando se resuelvan los señalamientos indicados.

d)      Sobre la Comisión Metodológica Central

La Comisión Metodológica Central presentará a la CCP los cambios que impliquen modificaciones del Plan de Estudio, nuevas estrategias científico metodológicas, análisis de loa planes metodológicos departamentales y sus cumplimientos u otras actividades metodológicas o adecuaciones importantes para que sean analizados por dicha Comisión. Esta entregará a la Secretaria del CC los resultados del análisis para conocimiento y aprobación del pleno del CC.

Nota importante: Notificaciones de plagio y otras faltas a la ética en el ámbito de la investigación,  la publicación científica o trabajos de tesis, serán analizadas por la Comisión correspondiente del CC la cual realizará las investigaciones pertinentes y presentará ante el CC, mediante dictamen por escrito, los detalles del caso para su análisis en el pleno y la propuesta de medidas.