¿Quiénes somos?
Es la entidad del Ministerio de Salud Pública encargada de coordinar y asesorar las actividades cientifícas e investigativas de las diferentes especialidades de las Ciencias Médicas y vinculadas estrechamente a los planes relacionados con la atención médica, la docencia, la investigación y otras esferas del trabajo del sistema nacional de salud mediante las 63 sociedades científicas de la salud.
Fue creado por la Resolución Ministerial No. 157 del 10 de septiembre de 1980 mantiene una estrecha vinculación con los consejos Provinciales de sociedades cientifícas de la salud (CPSCS) en las 15 provincias de la isla y el municipio especial Isla de la Juventud, que son los representantes del consejo a nivel provincial.
Las Sociedades Médicas constituyen agrupaciones de carácter exclusivamente científico integradas por los profesionales de este perfil y otros vinculados a las ciencias médicas estan legalmente constituidas como establece la Ley 54 de la República de Cuba.
En la época actual, la rápida evolución del conocimiento ha motivado el surgimiento en el mundo de innumerables ramas o vías de desarrollo, de extensión y complejidad variable. Las sociedades científicas constituyen el ámbito idóneo para la materialización de esta necesidad como procedimiento por excelencia para su expansión.
Misión:
Contribuir con su actividad científica a la elevación de la salud de la población en su constante evolución hacia niveles cualitativamente superiores, insertándose a través de logros científicos en el perfeccionamiento del sistema nacional de salud.
Colaborar en la divulgación de los principales logros científico-técnicos, introducción de tecnologías de avanzada y nuevos métodos profiláctivos y terapéuticos en el ámbito de cada especialidad, mediante el inetrcambio de experiencias individuales y colectivas en eventos y actividades científicas.
Coadyuvar en la aplicación y profundización de los conocimientos filosóficos, metodológicos y éticos del trabajo científico médico, procurando el desarrollo de pensamiento científico de nuestros profesionales.
Visión:
Somos un centro de excelencia del Ministerio de Salud Pública que asesoramos y colaboramos con las sociedades científicas de la salud. Divulgamos las actividades relevantes de la ciencia y los resultados de investigación, para lograr promover la superación y el interés por la ciencia, la vocación de servicio, el compromiso incondicional con la salud y los pueblos hermanos, contribuyendo a desarrollar el humanismo y los valores éticos y morales de nuestros especialistas y profesionales.
Funciones:
Las funciones del Consejo Nacional de Sociedades Científicas son las siguientes:
- Ser la entidad del Ministerio de Salud Pública que asesora y atiende a las sociedades científicas de la salud.
- Recibir y evaluar el plan anual de actividades de las sociedades y de sus capítulos provinciales, controlando su ejecución y realizando su posterior evaluación.
- Supervisar y velar porque se cumplan estrictamente los reglamentos que rigen las sociedades, de acuerdo con las leyes vigentes.
- Apoyar y supervisar las actividades científicas que se deriven de las relaciones de las sociedades cubanas con organismos afines de carácter internacional a los que se encuentran afiliadas.
- Ejercer la fiscalización de las actividades y fondos económicos de las sociedades, de acuerdo con las normas establecidas.
- Apoyar y participar en cualquier actividad de crácter científico programada por el Ministerio de Salud Pública con otros organismos, siempre que haya sido solicitada y aprobada previamente.
- Garantizar el ordenamiento, actualización y resguardo de los archivos de las sociedades.
- Apoyar y participar, a través de las actividades de las sociedades en los planes de trabajo y programas del organismo, en coordinación con las Áreas del MINSAP.
- Garantizar el desarrollo adecuado de los eventos de carácter nacional e inetrnacional a celebrar en el país organizado por las diferentes sociedades científicas.
- Velar porque las directivas de las sociedades se encuentren en manos de personas de reconocido prestigio científico y revolucionario, que cumplan las funciones para las que fueron creadas.
- Realizar por encargo del Ministro todas las funciones que le están asignadas de conformidad a lo establecido en la Ley 1320 de 27 de noviembre de 1976.
- Organizar el Premio Anual de la Salud y el Premio al Mérito Científico como el principal espacio para presentación de trabajos derivados de las investigaciones, la formación posgraduada y los resultados permanentes de la labor del sector.
Atribuciones:
- Presidir las sesiones del Premio Anual de la Salud y del Premio al Mérito Científico.
- Coordinar los intereses de las sociedades científicas y del Ministerio de Salud Pública, como órgano de relación entre ambos.
- Dar su visto bueno a la creación de secciones, capítulos y sociedades científicas.
- Aprobar los diplomas y títulos acreditativos de miembros de honor y correspondientes de las sociedades científicas.
- Convocar y dirigir las sesiones que celebren de presidentes de sociedades científicas, reuniones de presidentes de los consejos provinciales y el pleno del Consejo Nacional de Sociedades Científicas.
- Velar por el cumplimiento de la Ley No. 54 sobre las asociaciones científicas.
- Dictar las instrucciones pertinentes sobre el sistema de elaboración y control de normas de disposiciones necesarias para el ejercicio de las funciones del Consejo.
- Custodiar el libro de actas del consejo y los demás documentos. Expedir certificaciones relacionadas con los libros de acta y demás documentos bajo su custodia.
- Ejercer la fiscalización de las actividades y fondos económicos de las sociedades, de acuerdo con las normas establecidas.