Atención a la población

El Ministerio de Salud Pública de la República de Cuba, con fecha 5 de diciembre del año 2011, aprueba la Resolución Ministerial No. 431, que en su Artículo 1.1 plantea lo siguiente:

  • La Atención a la Población es tarea de todos los cuadros y trabajadores del sector, independientemente  de que para facilitar  organizativamente  dicha atención y para la fiscalización  y control de los términos, calidad de las respuestas y otros elementos, se crea una estructura, que estará determinada por el tamaño de la unidad organizativa y/o el volumen del trabajo, aunque en la práctica todas las unidades organizativas, los dirigentes, cuadros, funcionarios y demás personal del sistema nacional de salud, quedan obligados a atender a las personas que acudan a nuestras sedes, realizar  las acciones pertinentes para la correcta solución a lo planteado, brindar la respuesta a los interesados, asi como adoptar las medidas para corregir los errores que dan origen a las insatisfacciones.

Agradecemos de antemano y públicamente, a todos aquellos que se comuniquen con nosotros. La información que se reciba a través de estos canales será debidamente atendida y trasladada a las autoridades correspondientes, quienes le ofrecerán, la respuesta pertinente. Los pacientes deben dirigir sus planteamientos según el área o localidad que se encuentre la unidad de farmacia.

UEB Llamar por teléfono Correo electrónico
Boyeros y Arroyo Naranjo 7 683 09 25 fboyeros@infomed.sld.cu, apoblacionn@infomed.sld.cu
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Playa, La Lisa y Marianao 7 203 50 98 epmb@infomed.sld.cuapoblacionn@infomed.sld.cu
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