El Ministerio de Salud Pública de la República de Cuba, con fecha 5 de diciembre del año 2011, aprueba la Resolución Ministerial No. 431, que en su Artículo 1.1 plantea lo siguiente:
- La Atención a la Población es tarea de todos los cuadros y trabajadores del sector, independientemente de que para facilitar organizativamente dicha atención y para la fiscalización y control de los términos, calidad de las respuestas y otros elementos, se crea una estructura, que estará determinada por el tamaño de la unidad organizativa y/o el volumen del trabajo, aunque en la práctica todas las unidades organizativas, los dirigentes, cuadros, funcionarios y demás personal del sistema nacional de salud, quedan obligados a atender a las personas que acudan a nuestras sedes, realizar las acciones pertinentes para la correcta solución a lo planteado, brindar la respuesta a los interesados, asi como adoptar las medidas para corregir los errores que dan origen a las insatisfacciones.
Agradecemos de antemano y públicamente, a todos aquellos que se comuniquen con nosotros. La información que se reciba a través de estos canales será debidamente atendida y trasladada a las autoridades correspondientes, quienes le ofrecerán, la respuesta pertinente. Los pacientes deben dirigir sus planteamientos según el área o localidad que se encuentre la unidad de farmacia.
UEB | ||
Boyeros y Arroyo Naranjo | 7 683 09 25 | fboyeros@infomed.sld.cu, apoblacionn@infomed.sld.cu |
Diez de Octubre y Cerro | foctubre@infomed.sld.cu, apoblacionn@infomed.sld.cu | |
Habana del Este, Regla y Guanabacoa | 7 763 43 72 | direste@infomed.sld.cu, apoblacionn@infomed.sld.cu |
Playa, La Lisa y Marianao | 7 203 50 98 | epmb@infomed.sld.cu, apoblacionn@infomed.sld.cu |
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San Miguel del Padrón y Cotorro | 7 691 82 92 | sanmigueleco@infomed.sld.cu, apoblacionn@infomed.sld.cu |