CONFERENCIA PARA CURSO INTRODUCTORIO.
SETIEMBRE 7- 2020
HGCP. DR. CARLOS MANUEL CONTINO GARCIA
TEMA : MEDICAMENTOS.
.PROGRAMA NACIONAL DE MEDICAMENTOS
.CONSIDERACIONES A TENER EN CUENTA EN LA PRESCRIPCION DE LOS MEDICAMENTOS.
. SISTEMA CUBANO DE FARMACOVIGILANCIA. SU IMPLEMENTACION Y APLICACIÓN.
.USO DE LA MEDICINA NATURAL Y TRADICIONAL.
PROGRAMA NACIONAL DE MEDICAMENTOS.
El primer Programa Nacional de Medicamentos (PNM) (1991) ya cumplió 20 años. Desde entonces se ha actualizado y enriquecido en cuatro ocasiones: 1994, 1998, 2001 y 2007.
El actual programa se confecciono en el 2014 y constituye una revisión de las principales actividades contentivas y vigentes en los programas anteriores. Representa un salto cualitativo en la organización y control de la actividad de medicamentos y está en correspondencia con la necesidad de garantizar un sistema eficiente y sostenible, brindar servicios de calidad con alta satisfacción de la población y continuar elevando su estado de salud.
Objetivo general
Lograr eficiencia en la cadena del medicamento que permita brindar servicios de calidad con alta satisfacción de la población.
Objetivos específicos
1. Perfeccionar las actividades de planificación, distribución y adquisición de medicamentos que permita evitar consumos por encima del plan o vencimientos en algunos renglones y alcanzar una adecuada disponibilidad de los medicamentos tanto a nivel de farmacias comunitarias como en las instituciones asistenciales.
2. Elevar la calidad de la prescripción médica, eliminando los errores en la prescripción así como los incumplimientos de las regulaciones establecidas por el PNM.
3. Garantizar el funcionamiento y la efectividad de los comités farmacoterapéuticos en la discusión, análisis y solución de los problemas derivados de la prescripción médica y del control del PNM.
4. Perfeccionar los servicios farmacéuticos mediante el desarrollo de las actividades de dispensación y de farmacodivulgación en la red de farmacias del sistema de salud.
5. Fomentar el uso responsable de los medicamentos por parte de la población
PRESCRIPCION MEDICA
La prescripción médica es un acto científico, ético y legal. Mediante esta acción un profesional médico utilizará un producto biológico, químico o natural que modificará las funciones bioquímicas y biológicas del organismo de una persona con el objetivo de alcanzar un resultado terapéutico. Este acto implica simultáneamente someter a esa persona a un riesgo que no tenía con anterioridad y que puede llegar a ser invalidante o mortal.
En el orden científico significa el resultado de un proceso cognoscitivo donde el médico, a partir del conocimiento adquirido, escucha el relato de síntomas del paciente, y con la pericia aprendida realiza un examen físico en busca de signos, confronta con los datos adquiridos a través de la conversación y el examen del enfermo y decide una acción. Si la acción es terapéutica surge la prescripción médica.
En el orden ético, el médico está sometiendo al enfermo a un riesgo adicional al que ya tiene. Debe compartir las expectativas con su paciente; comprobar que él conoce los riesgos a que se somete, con el objetivo de alcanzar un fin terapéutico, y que esta relación riesgo-beneficio es aceptable para ambos.
En el orden legal, el médico se responsabiliza con los resultados de esa intervención llamada prescripción médica.
La sociedad lo faculta para someter a una persona a riesgo con el propósito de que esta se beneficie, pero esa facultad social exige una responsabilidad legal que ordene la conducta de los prescriptores. Las sociedades organizan el medio y las regulaciones en que dicha prescripción se realiza, y ambas se influyen en una relación dialéctica.
En el caso de Cuba la prescripción médica tiene determinadas características que la hacen singular y que han estado en correspondencia con el desarrollo alcanzado por la Salud Pública. En la última década la prescripción médica estuvo matizada principalmente por las condiciones impuestas por el Período Especial, y sus principales características son:
1-Se prescriben solo medicamentos genéricos, no por marcas comerciales.
2-Casi todos los medicamentos del cuadro básico se prescriben por receta médica.
3-Los prescriptores están obligados a prescribir hacia una sola farmacia comunitaria donde se encuentra vinculado su centro (consultorio, policlínico, hospital, hogar materno, círculo infantil y otros).
4-Existe una variable de prescripción que se realiza a los enfermos con enfermedades crónicas no trasmisibles con largos tratamientos, mediante extensión de certificado médico e inscripción del paciente en la farmacia comunitaria donde reside, con una dispensación mensual y durante un período de hasta 1 año, de la dosis que da cobertura por 1 mes de tratamiento.
Cada hospital, área de salud e institución asistencial desde donde se prescriba o utilice fármacos debe confeccionar su CBM, basado en la morbilidad que atiende, el nivel de servicio que presta, los productos aprobados para el CBM del país y el nivel de distribución de cada uno establecido por el MINSAP.
Todos los medicamentos se prescribirán a través de los modelos oficiales según el tipo de fármaco indicado. Estos son: receta médica (modelo 53-05-1), receta doble foliada para la prescripción de estupefacientes y psicotrópicos (modelo 32-16-01) y el certificado para medicamentos controlados (modelo 53-69) en el caso de aquellos utilizados en el tratamiento de enfermedades crónicas. Los medicamentos que se relacionan a continuación no requieren la utilización de estos modelos oficiales para su prescripción y adquisición: ácido acetilsalicílico 500 mg, polivit tabletas, iodopovidona 10 % frasco x 30 mL, tiomersal frasco x 30 mL y los anticonceptivos orales.
En el caso de los fitofármacos y apifármacos, complejos homeopáticos y otros suplementos nutricionales de origen natural, si bien no se requiere prescripción a través de receta médica, se recomienda se utilice esta vía por los facultativos para promover una mejor utilización de estos productos. La prescripción debe estar basada en la decisión médica derivada del examen de un paciente y de su necesidad
Metodología para el control de la prescripción
1.Control de entrega de recetarios médicos:
a) La Empresa Nacional de Aseguramiento (ENAT) del MINSAP contratará con el poligráfico la confección de las recetas médicas y exigirá que esta tenga la calidad requerida
b) La ENAT distribuirá de forma oportuna los recetarios médicos a las empresas provinciales de salud y a las instituciones de nivel nacional, a partir de las demandas presentadas. De igual forma las empresas distribuirán a las instituciones provinciales y a las direcciones municipales de salud.
c) La dirección de la unidad designará a un responsable para la entrega de los recetarios.
d) El departamento de registros médicos de cada unidad proveerá mensualmente el volumen de actividad asistencial de cada proscriptor al funcionario encargado del control de entrega de recetas médicas.
e)Se habilitará un registro con el volumen de actividad asistencial de cada médico,
cantidad de recetas a entregar mensualmente según le corresponda, cantidad entregada, números de los folios inicio y final, fecha de entrega, firma y cuño del registro profesional del prescriptor.
f)Se entregarán cantidades diferenciadas a los facultativos según volumen de la actividad asistencial que desempeña:
– A los facultativos que brindan consulta médica el cálculo será de tres recetas por paciente visto en consulta, más un 10 % de ese cálculo, al mes
. – A los facultativos que no brinden consulta se les entregarán 100 rece-tas al mes, debiendo acreditar su uso cuando las consuman antes del mes en cuestión al director de la institución donde está adscrito para recibir 100 recetas más.
– Los médicos jubilados del sector, para recibir recetarios médicos, deberán estar vinculados a una institución de salud, mediante convenio con su director. Se le entregará 100 recetas de primera vez, debiendo acreditar su uso, cuando las consuman, para poder recibir otras 100 recetas.
g) Los médicos de otras instituciones no pertenecientes al sector salud recibirán las recetas en su centro de trabajo, previo convenio de dicha institución con la ENAT.
h) Si el médico deja de prestar la asistencia médica por misión inter-nacionalista, salida del país u otra razón, debe hacer devolución de las recetas no utilizadas al responsable de entrega de recetario de su institución y se anotará en el registro de entrega de recetarios, especificando cantidad, fecha de devolución y firma del que entrega y recibe.
2. Control de los cuños de identificación de los prescriptores:
a) Es obligación de las direcciones de las instituciones de salud mantener actualizado el control de la tenencia de los cuños de identificación de los facultativos, los procedimientos del control se regulan por la Resolución Ministerial 127 del 2007 (anexo 2).
b) En el caso de que exista deterioro o pérdida del cuño médico que le impida emitir una receta o certificado médico, el director de la institución autorizará su prescripción a una farmacia comunitaria determinada.
3. De la utilización de las recetas médicas. Modelo (53-05-1):
a) Se prohíbe el uso del modelo de receta médica para otros fines que no sea la prescripción médica.
b) Prescribir un solo medicamento por receta médica.
c) Llenar de forma legible todos los escaques de la receta médica, en el lugar que se refleja historia clínica se debe colocar los primeros 6 dígitos del carnet de identidad o el número de la historia clínica de la institución en correspondencia con los datos registrados en la hoja de actividades.
d) En todas las recetas se escribirá el nombre del medicamento según su denominación común internacional o nombre genérico, presentación, forma farmacéutica, cantidad del producto prescrito, cuño del facultativo y cuño que identifica la unidad donde labora el que lo expide.
e) El tiempo de vigencia de la receta médica es de 30 días naturales des-pués de su emisión facultativa. En el caso de los medicamentos clasificados como antibacterianos de uso oral y parenteral debe aparecer la impresión diagnóstica en las recetas prescritas y tendrán una vigencia de 7 días. (anexo 3).
f) Las recetas médicas tienen validez solamente en la provincia donde radica el médico prescriptor, excepto para las provincias Artemisa y Mayabeque según Instrucción Ministerial No.10/2011 (“Las recetas médicas emitidas por los prescriptores de los centros asistenciales ubicados en La Habana serán válidas en las farmacias comunitarias situa-das en las provincias de Artemisa y Mayabeque”).
g) La prescripción debe ir acompañada del método correspondiente.
h) Los facultativos deben conocer y cumplir lo establecido por las regulaciones, resoluciones e instrucciones emitidas por el MINSAP, relacio-nadas con el uso de medicamentos.
4. Del procedimiento para el control del certificado de medicamentos controlados por tarjeta (modelo 53-69):
a) La prescripción de un medicamento controlado por tarjeta estará comentada en la historia clínica del paciente (ambulatoria, hospitalaria o de egreso hospitalario), especificando el diagnóstico; fármaco(s) indicados, posología y tiempo de duración.
b) En la emisión del certificado de medicamentos controlados por tarjeta el facultativo llenará todos los acápites solicitados en el modelo de forma legible, en el caso de no existir el modelo oficial, se debe reflejar la especialidad del prescriptor, si el certificado es de nueva indicación o es renovado, clasificación de la enfermedad, dosis diarias y tiempo de vigencia del mismo. Incluirá el cuño del médico, su firma y el cuño que identifica la unidad donde labora a excepción de los emitidos en el área de salud que no requieren ser registrados ni acuñados en el policlínico.
c) En el caso de la prescripción de metilfenidato y trihexifenidilo de 2 y 5 mg tabletas debe ser llenado en el modelo oficial de certificado médico (32-19-02) para el consumo de estupefacientes, psicotrópicos y sustancias de efectos similares, los cuales deben ser registrados y acuñados en la institución que se emite.
d) Control del certificado de medicamentos controlados por tarjeta en el hospital:
– Todo certificado de medicamentos controlados por tarjeta deberá ser presentado por el paciente para asentarse en el libro de registro.
– Se habilitará un libro de registro para los certificados de medicamentos que avalan la compra por tarjeta control, independientemente del libro de registro para los certificados que amparan las prestaciones de seguridad social y otros.
– El libro de registro para certificados de medicamentos por tarjeta debe contemplar los siguientes datos
:• Número consecutivo
.• Fecha de registro del certificado.
• Nombre y apellidos del paciente.
• Historia clínica o número de carné de identidad.
• Nombre y apellidos del médico.
• Especialidad.
• Diagnóstico.
• Medicamento indicado, presentación y dosificación.
• Área de salud a la que pertenece el paciente.
e) Una vez registrado y acuñado en la institución deberá ser presentado por el paciente en la farmacia de su lugar de residencia para la compra de los mismos, en un plazo de 30 días hábiles a partir de su fecha de expedición.
f) El departamento de registros médicos entregará mensualmente a los jefes de servicios y vicedirecciones, el número de certificados emitidos por los profesionales y los medicamentos indicados, para su análisis en las reuniones de los diferentes servicios, departamentos, vicedirecciones y consejos de dirección. Los errores en las prescripciones se discutirán en el comité farmacoterapéutico de la institución.
g) Del procedimiento para la prescripción por certificado médico de especialidades:
– Serán prescritos mediante certificado de medicamentos controlados, que para el caso específico de estos medicamentos se considerará como Certificado Médico de Especialidades (CME).
– Los médicos facultados para la prescripción de estos medicamentos son aquellos pertenecientes al servicio de la especialidad referida en las regulaciones establecidas por el MINSAP.
– El CME será válido por un período de hasta un año, a cuyo término podrá ser o no renovado.
– El departamento provincial de medicamentos notificará la relación de especialistas autorizados a prescribir cada medicamento a las farmacias designadas.
– Los jefes de departamentos de medicamentos a nivel provincial estarán responsabilizados con supervisar y controlar que la prescripción y dispensación de los medicamentos se ajuste a los niveles de planificación establecidos.
5.Del procedimiento para la prescripción de medicamentos considerados estupefacientes, psicotrópicos y sustancias de efectos similares:
a) La prescripción de estupefacientes y psicotrópicos quedan sometidas a disposiciones específicas emitidas por el MINSAP.
b) Los medicamentos morfina, meperidina, ketamina, fentanil, metilfenidato, hidrato de cloral y trihexifenidilo, así como codeína y difenoxilato. Esta última cuando sobrepase 4 tabletas en tres recetas consecutivas, se prescribirá por medio de recetarios del modelo 32-16-01 (recetario para la prescripción de estupefacientes y psicotrópicos de uso ambulatorio) y el modelo 32-17-01 (recetario para la prescripción de estupefacientes, psicotrópicos en centros asistenciales). Ambos recetarios constan de 50 recetas dobles y foliadas. La receta 32-16-01 de uso ambulatorio incluye:
– Unidad emisora.
– Inscripción (se refiere al número de inscripción en el registro de profesionales).
– Nombre genérico del medicamento.
– Presentación y dosis.
– Cantidad indicada (expresada en letras y números).
– Nombre y dos apellidos del paciente.
– Dirección del paciente.
– Diagnóstico.
– Dosis diaria indicada.
– Número de expediente de consumo.
– Nombre y dos apellidos del médico.
– Dirección particular del médico.
– Fecha de emisión de la receta.
– Firma del médico.
– Cuño personal del médico.
– Cuño de la unidad emisora.
La receta 32-17-01 para uso interno de las unidades asistenciales incluye:
– Unidad emisora.
– Nombre genérico del medicamento.
– Presentación y dosis.
– Cantidad indicad.
– Nombre y dos apellidos del paciente.
– Número de la historia clínica.
– Sala.
– Cama.
– Diagnóstico.
– Dosis diaria indicada.
– Nombre y dos apellidos del médico.
– Número de expediente de enfermo.–
Dirección particular del médico.
– Fecha de emisión de la receta.
– Firma del médico.
c) Estas recetas son entregadas a todos los médicos graduados en ejercicio legal de sus funciones asistenciales en sus correspondientes unidades. Se confeccionan ambas en originales, escritas con tinta preferiblemente azul, con letra legible y llenando todos los escaques del modelo; no se permiten enmiendas o tachaduras y se identifican con el cuño del lugar donde se formalizó la entrega del recetario, el cuño de la unidad emisora y el cuño personal del facultativo.
d) Existe un grupo de fármacos definidos como sustancias de efectos simi-lares a las drogas según la Resolución 335 (anexo 4), para cuyo efecto el MINSAP emitió una instrucción donde se regula la prescripción de estos medicamentos que se realiza a través del modelo de receta médica (53-05-01).
6. De la prescripción de medicamentos no incluidos en el CBM del país. En el caso que un paciente requiera un medicamento que no esté incluido en el CBM, debe cumplimentarse tanto por el prescriptor como por el presidente del comité farmacoterapéutico y el director de la institución, los pasos establecidos por la Resolución 232 del MINSAP (anexo 5).
7. De los grupos farmacológicos que pueden prescribir los estomatólogos:
a) Antimicrobianos y quimioterápicos de uso ambulatorio.
b) Analgésicos, antipiréticos y antiinflamatorios.
c) Anticonvulsivantes (carbamazepina).
d) Antiparasitarios (metronidazol).
e) Ungüentos y cremas de uso dermatológico.
f) Colirios y ungüentos oftálmicos.
g) Gotas nasales.
h) Inhalaciones y colutorios.
i) Relajantes musculares.
j) Cicatrizantes (factor de crecimiento).
k) Antihistamínicos.
l) Vitaminas.
m) Sedantes (benzodiacepinas).
FARMACOVIGILANCIA
La farmacovigilancia es la actividad de salud pública encargada de recoger, elaborar y, en su caso, procesar la información sobre sospechas de reacciones adversas a los medicamentos cuando ya han sido comercializados, con la finalidad de identificar y evaluar riesgos previamente no conocidos o cambios de riesgos ya conocidos, así como para la realización de cuantos estudios se consideren necesarios para confirmar y/o cuantificar y prevenir dichos riesgos de manera permanente y continuada.
La OMS define ‘farmacovigilancia’ como la ciencia y las actividades relativas a la detección, evaluación, comprensión y prevención de los efectos adversos de los medicamentos o cualquier otro problema relacionado con ellos.
Una reacción adversa a un medicamento (RAM) es toda aquella respuesta nociva, no deseada y no intencionada que se produce tras la administración de un fármaco, a dosis utilizadas habitualmente en la especie humana para prevenir, diagnosticar o tratar una enfermedad y las derivadas de la dependencia, abuso y uso incorrecto de los medicamentos (utilización fuera de los términos de la autorización de comercialización y errores de medicación.
Algunos ejemplos son la anemia aplásica producida por el cloranfenicol, la ictericia causada por el halotano, el infarto agudo de miocardio que puede ocasionar el rofecoxib, la hepatotoxicidad que produce la ebrotidina o los efectos teratogénicos de la talidomida, fármaco comer-cializado entre los años 1957 y 1963 como sedante y calmante de las náuseas durante los tres primeros meses de embarazo (hiperemesis gravídica).
El suceso que puede ser considerado como definitorio es conocido como “ DESASTRE DE LA TALIDOMIDA” ocurrido en 1960, donde tras la introducción de este medicamento se aprecio un marcado incremento de malformaciones congénitas como la focomelia, mas de 4000 nacimientos habían ocurrido en Europa en el momento de retirarla.
Según varios estudios los principales motivos para no notificar una RAM son considerarla leve o de poca importancia, no tener la certeza de la causalidad del medicamento y pensar que se va a generar una falsa alarma, no disponer de toda la información que aparece en la tarjeta amarilla, la falta de tiempo y considerar que su notificación no es importante.
En este sentido es importante resaltar que se deben notificar todas las sospechas de RAM (graves* y leves, esperadas e inesperadas) incluso aunque no se tenga la certeza al 100% de que la RAM está relacionada con el medicamento o ya se tenga conocimiento de ello en la ficha técnica del mismo.
Además, en ningún caso se creará una falsa alarma por la notificación de una sospecha de RAM, ya que un Comité de expertos se encarga de evaluar las RAM notificadas.
USO DE LA MEDICINA NATURAL Y TRADICIONAL
El origen de la Medicina Natural y Tradicional está íntimamente unido con la historia del hombre en su lucha por la supervivencia.
Está considerada como la especialidad que incluye un conjunto de métodos y técnicas terapéuticas que consisten en restablecer el equilibrio en el individuo y entre él y el universo.
Las diferentes modalidades de la misma ofrecen grandes potencialidades a la medicina actual lo que constituye una alternativa más de tratamiento para diferentes enfermedades.
Dentro de las principales modalidades utilizadas en Cuba se encuentran:
Acupuntura, fitoterapia, apiterapia, moxibuxtión, homeoterapia y ozonoterapia.
Algunos de sus usos terapéuticos son:
expectorantes, antihipertensivos, antifúngicos, antinflamatorios, analgésicas, estimulantes inmunológicos, sedantes, entre otros.
En Cuba se aprobó un programa para su aplicación y una guía para la prescripción de productos naturales, que se convirtió en una herramienta de trabajo para el médico.
La acupuntura. Es parte de la Medicina Tradicional China y de los países del extremo oriente, y se extendió desde hace más de un siglo a todo el mundo occidental. Es la medicina más antigua de todos los tiempos. Nació y se desarrolló en China hace más de 3000 años, en el Valle del Huang-Ho o Río Amarillo. El hombre primitivo, en su primer dolor, llevó la mano instintivamente a la zona dolorida y trató de calmarlo masajeándola, presionándola, constituyendo esta la primera maniobra de digitopresura, luego utilizó espinas de bambú o de pescado hasta el descubrimiento de los metales, empleando agujas de oro y plata dando paso a la acupuntura.
En 1809, Berlioz coloca la primera aguja, se extiende la práctica por toda Europa y actualmente se practica en Alemania, Austria, Rumania, Checoslovaquia, Suecia, Bélgica, Inglaterra, Italia y Rusia.
La Fitoterapia. Al principio, las plantas fueron utilizadas como alimento. No se conoce con exactitud cómo surgió la idea de usarlas como medicamentos. Probablemente el hombre empezara a probar plantas desconocidas con el fin de conocer nuevas especies que también se pudieran usar como alimento, y así, experimentar distintos efectos. De esta forma, el hombre adquirió cada vez más conocimiento sobre el uso de las plantas y de manera oral se fue transmitiendo a las diferentes civilizaciones.
El uso de la fitoterapia se amplía últimamente a partir de diferentes descubrimientos,(1,3,6,16,17) por ejemplo, el hecho de que las hormonas de origen vegetal o fitoestrógenos imitan la acción de las hormonas sexuales humanas (estrógeno y progesterona) y ofrecen tan buenos resultados como los que se obtienen con los fármacos, pero sin sus efectos secundarios. Se demostró también el papel positivo de algunas plantas en el control de la concentración de colesterol en sangre,(17) dentro de las que se destacan: ajo, aguacate, cebolla, ajonjolí, girasol y soya;(12) y en el tratamiento de algunos cánceres; en este último aspecto se destaca la soya que se caracteriza por ser rica en isoflavonas.(17)
Existen plantas ampliamente usadas por sus efectos beneficiosos en diferentes sistemas, como:
Ajo
Actúa como expectorante y antiasmático en el sistema respiratorio, antiamebiano y antihelmíntico en el sistema digestivo, como antihemorroidal, antihipertensivo y protector de pequeños vasos en el sistema circulatorio, diurético en el sistema urinario, hipocolesterolemiante en el sistema endocrino, antifúngico y antiinflamatorio en la piel y preventivo de cáncer de pulmón, próstata y colon en el sistema inmunológico.
Cebolla
Actúa como protector de pequeños vasos en el sistema cardiovascular, diurético en el sistema urinario, hipocolesterolemiante en el sistema endocrino.
Salvia
Actúa como expectorante y antiasmático en el sistema respiratorio, antiséptico en el sistema digestivo y en el sistema urinario, antifúngico y antiinflamatorio en la piel.
Cítricos
Actúan como antiespasmódicos, coleréticos y eupépticos en el sistema digestivo, protector de pequeños vasos en el sistema circulatorio, diuréticos en el sistema urinario, antifúngicos y antisépticos en la piel, analgésicos y antiinflamatorios en el sistema osteomioarticular, preventivo de cáncer de colon en el sistema inmunológico.(11,12)
Los preparados a partir de estas plantas son frecuentemente usados por la población, por su fácil acceso y por el conocimiento previo de sus funciones transmitido de generación en generación. Aunque es pertinente decir que su uso no debe ser indiscriminado, a pesar de que sus efectos adversos son mucho menores que los medicamentos sintéticos, estos también pueden producirlos; como se demuestra en estudios realizados por Ruiz y otros(21) y en la Guía para la prescripción de productos naturales,(11) la cual es una herramienta de trabajo para el médico de la Atención Primaria de Salud, en ella se describen la composición, indicaciones, posología, efectos adversos y contraindicaciones de los productos contemplados en el Cuadro Básico de Productos Naturales en Cuba.(11) Por ejemplo, los preparados a base de ajo pueden provocar, cuando es usado tópicamente, irritación local, rash, dermatitis, reacción alérgica y por vía oral: vómitos, epigastralgia, dolor abdominal, y se contraindican en el hipertiroidismo y la úlcera gastroduodenal. Los compuestos cítricos pueden provocar dermatitis, fotosensibilidad, dolor abdominal, vómitos, diarreas y náuseas, y está contraindicado en las personas alérgicas a la planta.
Existen también fitofármacos compuestos por varias plantas con funciones similares, como por ejemplo: el Imefasma, utilizado para el tratamiento del asma, tiene entre sus componentes plátano, majagua y sábila; el jarabe antiasmático, otro fármaco usado también en esta enfermedad, está compuesto por caña santa, sábila y orégano francés.(11,12) Estos compuestos fitofármacos están disponibles en todas las farmacias del país, en forma liberada, y tienen gran aceptación por la población.
La apiterapia también es una de las modalidades de la MNT ampliamente usada en el mundo y que en los últimos tiempos ha tenido un gran auge. El uso de la miel y otros derivados apícolas como apitoxinas, polen, propóleo y jalea real, solos o asociados, demuestran gran eficacia para tratar diferentes enfermedades.(5,22,23) La miel es un producto fabricado por las abejas a partir del néctar de las flores y se utiliza en diferentes culturas desde hace miles de años. Existen referencias sobre su uso que datan del año 3000 a.C. y tanto la Biblia como el Corán hacen mención a sus propiedades curativas. (23) Su empleo como sustancia terapéutica ha sido retomada en la medicina profesional por su efecto como inmunobiológico, antiinflamatorio, regenerativo, expectorante, analgésico, sedativo, hipersensibilizador y como agente antimicrobiano.
Sobre la apiterapia escribió Hipócrates, describiéndola como “la farmacia del cielo”y hay menciones sobre ella en textos chinos de hace 2 000 años.
Homeopatía
La homeopatía es un método terapéutico que consiste en dar al enfermo dosis bajas o infinitesimales de una sustancia que, administrada en dosis altas y a sujetos sanos, provoca en ellos síntomas semejantes a los del enfermo.(33) Ejemplo de ello es la Ipeca que en dosis elevada provoca náuseas y vómitos; en cambio, a dosis infinitesimales, elimina las náuseas y los vómitos; los derivados del cornezuelo de centeno provocan toxicológicamente hipotensión, vasodilatación encefálica y cefalea, pero en dosis muy bajas se utilizan para el tratamiento de cefaleas, jaquecas y trastornos circulatorios cerebrales.(33)
Algunos de los productos comercializados y elaborados en Cuba a base de este principio y que se encuentran registrados en la Guía para la prescripción de productos naturales, a disposición de todos los médicos del país, son: AliviHo-Asma,(34) como tratamiento auxiliar para la crisis de asma incluyendo la tos y la dificultad para respirar; AliviHo-Cefalea,(35) adecuado para el tratamiento analgésico auxiliar para dolores agudos de diferente naturaleza; AliviHo-Conjuntivitis,(36) recomendado como tratamiento auxiliar en las enfermedades oculares relacionadas con las conjuntivitis y sus secuelas; AliviHo-Energía,(37) como estimulante de la energía física y mental; AliviHo-Herida,(38) en el tratamiento de infecciones, inflamaciones y dolor en heridas, quemaduras y pinchazos, AliviHo-Menstrual,(39) aconsejado para los dolores agudos relacionados con la menstruación.
Moxibustión
La moxibustión es un método de tratamiento cuyo origen proviene de la Medicina Tradicional China y que consiste en dar calor quemando un bastón de moxa de una planta (Artemisa vulgaris) acercándolo a 1-2 cm de distancia de la piel en el punto de acupuntura indicado.(12,13,14) Aunque también se puede aplicar quemando la moxa directamente encima del punto en la piel y quemándola completamente lo cual dejaría cicatriz en el sitio de aplicación.(12) En Cuba es utilizado fundamentalmente el tabaco o bastón de moxa, y se aplica a cierta distancia del punto. Su función principal es tratar las enfermedades provocadas por frío, influyendo positivamente en la circulación de la sangre y la energía, neutralizando el enfriamiento de la sangre y aliviando el dolor. Si se queman más de 0,05 gramos de picadura de artemisa aumenta el número de leucocitos y acelera su velocidad de locomoción, incrementando su función de fagocitosis; si se aplica continuamente por seis días, aumenta el número de eritrocitos y la hemoglobina, estimula la inmunidad bacteriológica, regula los movimientos peristáltico a la vez que aumenta la secreción de bilis, influye en el crecimiento y desarrollo.(12) También se han visto resultados positivos en la aplicación de la misma con el objetivo de corregir la presentación no cefálica del feto.(13)
La ozonoterapia es la terapia realizada con ozono. Su empleo mejora la calidad de vida y normaliza las funciones básicas de nuestro ecosistema, puede ser aplicada en forma individual o complementario con otras terapias, actuando de forma sinérgica. El ozono posee propiedades antivíricas, antiinfecciosas, antimicóticas, antibacterianas y antiinflamatorias. Su aplicación tiene efectos beneficiosos en el organismo. Dentro de sus indicaciones está el empleo en heridas, úlceras, escaras, maculopatías oftalmológicas por su acción regenerativa y cicatrizante sobre células y tejidos, en infecciones virales, bacterianas y micóticas por su acción germicida, en dolores agudos por su efecto analgésico, en enfermedades arteriales y venosas periféricas por su acción de incrementar el metabolismo del oxígeno, aumentando su absorción y liberación por los glóbulos rojos a los tejido, mejorando así la circulación sanguínea y la oxigenación celular. En general podemos resumir que la ozonoterapia hace que los procesos fisiológicos normales del organismo trabajen con eficiencia, optimizándolos y retardando el deterioro que se produce con el envejecimiento. Gracias a estas propiedades, el ozono puede aplicarse en varias enfermedades y es un gran aliado para conseguir resultados más rápidos, duraderos y mejores.
Todas estas modalidades de la MNT son aplicadas en Cuba, muchas de ellas a nivel de los consultorios médicos de familia y otras en los centros de rehabilitación, policlínicos y hospitales de todo el territorio nacional. Los productos homeopáticos, apifármacos y fitofármacos que se describen en la “Guía para la prescripción de productos naturales”, se encuentran disponibles para la venta a la población en la red de farmacias del territorio. En los momentos actuales, en que aun Cuba es sometida al férreo bloqueo por parte de Estados Unidos, que impide la compra de materia prima necesaria para la fabricación de medicamentos sintéticos de primera línea, los productos naturales que se describen en la presente revisión constituyen una buena opción de tratamiento.